Fecha de Publicación: 19/07/2022

La emisión del Comprobante Fiscal Digital Por Internet (CFDI) versión 4.0 quedó prorrogada por lo que la facturación 4.0 entra en vigor el próximo 01 de Enero de 2023. De acuerdo con el comunicado 029/2022 emitido en la Ciudad de México el 08 de junio de 2022 que el @SATMX difundió en su página oficial y redes sociales, indicó que esta medida obedece al otorgamiento de facilidades a los contribuyentes para cumplir con esta nueva obligación fiscal.

facturación 4.0

¿Qué es la facturación 4.0?

La forma de comercializar en México cambió drásticamente en enero de 2013, fecha en que se volvió obligatorio el uso de Factura Electrónica para todas las operaciones y transacciones de comercio de bienes y servicios, más que nada para que dichas operaciones fueran deducibles ante las autoridades hacendarias ya que si no se cumplía con dicho requerimiento, las operaciones no serían reconocidas por la autoridad. 

Ahora bien, a lo largo de varios años y diferentes versiones de facturación electrónica (3.3 la más reciente) llega la versión 4.0. La facturación 4.0 o CFDI 4.0 llegó con la Reforma Fiscal de 2022, misma que fue aprobada en noviembre de 2021 y en la cual se indicaba una serie de nuevos requisitos para tratar de mitigar las inconsistencias que había entre facturas electrónicas emitidas a contribuyentes cuyas operaciones no tenían ninguna relación con las actividades económicas del mismo. Por mencionar algún ejemplo, había facturas emitidas por concepto de “Asesoría Fiscal” a personas que tenían en sus actividades económicas sólo la percepción de Sueldos y Salarios. Es decir, si tu única fuente de ingresos es un sueldo, ¿por qué razón habrían de facturarte “Asesorías Fiscales”? Este tipo de inconsistencias, son las que llevaron al Servicio de Administración Tributaria a adicionar los siguientes requisitos para el CFDI 4.0:  

  • Nombre o Razón Social (tanto del emisor como del receptor) 
  • Domicilio (tanto del emisor como del receptor). Para cumplir este requisito, bastará el Código Postal de cada uno.  
  • Régimen fiscal del receptor, ya que el del emisor ya era un requisito en la facturación electrónica 3.3

Basta comentar que los demás requisitos ya solicitados para la facturación electrónica versión 3.3 mismos que se encuentran en el blog requisitos de los CFDI 3.3 y en el articulo 29-A del Código Fiscal de la Federación siguen vigentes, solo que se les suman los 3 señalados en la lista anterior.

Los nuevos requisitos se pueden encontrar en la Constancia de Situación Fiscal, la cual indica el SAT en su comunicado, es como “su acta de nacimiento” ya que contiene datos de identificación, ubicación y obligaciones fiscales por lo cual pide que se encuentren actualizadas en todo momento.  De ahí la gran movilización de esfuerzos y recursos para que todos los contribuyentes cuenten con su Constancia de Situación Fiscal. A más de uno le ha pasado y/o han escuchado que los empleadores/patrones están solicitando dicho documento. Es precisa y justamente para el tema de la facturación 4.0. Los empleadores/patrones se encuentran ante la disyuntiva de miles de trabajadores que no pueden asistir al SAT o simplemente no pueden generar dicho documento y sin embargo el SAT les indica que si los CFDI de nómina no contaban con esa información el gasto de nómina no sería deducible. En buen momento llegó la prórroga del CFDI 4.0. 

¿Por qué la facturación electrónica 4.0?

La Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través de su organismo de Servicio de Administración Tributaria, se dio cuenta de que aunque la emisión de comprobantes digitales por internet ya estaba funcionando desde el año 2017, las inconsistencias en la emisión de CFDI´s (como la mencionada en el ejemplo anterior) hicieron necesaria la actualización de información en la Facturación Electrónica, de modo que la forma de corregir los errores fue a través de la Facturación Electrónica 4.0. Para mitigar un poco el impacto, se definió que habría un periodo de convivencia entre ambas versiones de facturación es decir, durante un periodo de 6 meses (01 de Enero al 30 de junio de 2022) podrían emitirse facturas tanto CFDI 3.3 como CFDI 4.0.  Se buscaba que durante estos 6 meses los contribuyentes tuvieran tiempo de actualizar sus servicios de facturación y poder estar en condiciones de emitir facturación 4.0 a partir del 01 de julio de 2022. Sin embargo, los cambios en la facturación 4.0 tanto para contribuyentes como para proveedores de sistemas de facturación no fue suficiente por lo que el pasado 08 de junio, se emitió prórroga para la emisión indicando que la facturación 4.0 sería obligatoria a partir del 01 de enero de 2023. 

Guía de llenado de la facturación 4.0

Hay varios cambios en el llenado de la facturación 4.0, los iremos comentando poco a poco en esta guía. 

NOMBRE DEL EMISOR Y RECEPTOR

El nombre del emisor y receptor deberán registrarse en MAYUSCULAS. Dependiendo del tipo de contribuyente y de acuerdo con su Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal deberá de registrarse tal y como se encuentra en dichos documentos, respetando números, espacios y signos de puntuación.

Ejemplos:

Tratándose de persona física 

El nombre, primer apellido, segundo apellido.

Ejemplo:

RAFAELI CAMPOSORIO RUÍZO

Imagen que contiene Tabla

Descripción generada automáticamente

Tratándose de persona moral 

Denominación o razón social registrados en el RFC.

Ejemplo:

CONTA CLARA 

Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Correo electrónico

Descripción generada automáticamente

Aquí hay un cambio muy importante, porque como empresa se estaba acostumbrado a escribir la Denominación/Razón Social más el Régimen Capital, normalmente se emitirán Facturas a Conta Clara SC o Conta Clara Sociedad Civil. Con estas modificaciones se elimina el régimen capital. OJO con esto, porque ha sido de los errores más frecuentes en la emisión del CFDI 4.0.

Actualización factura electrónica – Reforma Fiscal 2022

Datos del receptor

Al solicitar una factura electrónica 4.0 o CFDI 4.0 deberás proporcionar los siguientes datos: 

  • RFC
  • Nombre completo* 
  • El código postal* de tu domicilio fiscal
  • Régimen fiscal en el que tributas* 
  • Uso fiscal que le darás a la factura
  • Correo electrónico (opcional)

El nombre deberá registrarse en mayúsculas, como ya se mencionó previamente. El uso del CFDI y el Código postal deberán registrarse conforme a los catálogos de emitidos por el SAT para estos valores, mismos que podrás encontrar en el siguiente link

Catálogos Sat para facturación electrónica 

El dato que se registre en el campo Régimen Fiscal Receptor, debe corresponder al régimen registrado ante el RFC. De ahí la importancia de que tus datos estén actualizados y se emitan los CFDI 4.0 de acuerdo con la información de la Constancia de Situación Fiscal.

Los datos marcados con * son los nuevos requisitos, los demás ya se solicitaban al receptor junto con todos los mencionados en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Ahora ya lo sabes: 

En resumen, la vigencia del CFDI 4.0 inició el 01 de enero de 2022. Se determinó un periodo de convivencia de 6 meses, (01-01-22 al 30-06-22) y después se prorrogó al 01 de Enero de 2023, fecha en que será obligatoria para todos los contribuyentes.

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