Cuando termina una relación laboral en México, es fundamental conocer qué es el finiquito, cómo se calcula y en qué casos procede la liquidación por despido injustificado. Esta guía te explica todo lo que necesitas saber para gestionar estos pagos correctamente y con fundamento en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Key Takeaways
- El finiquito incluye los conceptos y prestaciones proporcionales al terminar la relación laboral, mientras que la liquidación añade indemnización cuando el empleador tiene responsabilidad.
- Para calcular el finiquito se utilizan fórmulas basadas en salario diario, aguinaldo proporcional, vacaciones, prima vacacional y, en algunos casos, prima de antigüedad.
- La liquidación por despido injustificado en México contempla tres meses de salario más 20 días por año de servicio, prima de antigüedad y las prestaciones proporcionales.
- Contar con documentación clara, convenio escrito, cálculos transparentes y respaldo legal reduce riesgos de reclamaciones laborales.
- Usar un software de nómina o una plantilla confiable facilita estos cálculos y mejora la gestión de la terminación laboral.

Tabla de Contenidos
- Qué es el finiquito y cuándo se paga
- Diferencia entre finiquito y liquidación
- ¿Cuándo procede la liquidación?
- Fórmulas de cálculo (finiquito)
- Fórmulas de cálculo (liquidación)
- Ejemplo numérico completo (didáctico)
- Preguntas frecuentes (FAQ)
- Errores comunes y cómo evitarlos
- Fundamento legal y recursos oficiales
- Checklist descargable para calcular finiquito y liquidación
- Conclusión
Qué es el finiquito y cuándo se paga
El término finiquito hace referencia a la remuneración que el empleador debe entregar a un trabajador al concluir la relación laboral. Esta paga incluye no solo los adeudos pendientes —como días laborados no saldados o comisiones pendientes— sino también los proporcionales de prestaciones mínimas de ley.
Además, se denomina finiquito al documento que certifica la terminación del contrato de trabajo. En ese documento se especifican los conceptos e importes que se entregan al colaborador bajo la figura legal del finiquito.
¿Cuándo debe pagarse?
El finiquito debe pagarse al término de la relación laboral, que puede producirse por:
- Renuncia voluntaria del trabajador.
- Despido justificado.
- Despido injustificado.
- Rescisión del contrato por una falta grave del patrón, conforme a la LFT.
- Finalización de contrato temporal o por obra determinada.
- Invalidez por enfermedad o muerte del trabajador.
En ciertos casos, tanto el empleador como el trabajador pueden pactar un pago diferido o presentar un convenio ante el tribunal correspondiente; sin embargo, la práctica recomendable es hacer el pago lo antes posible para evitar cobros adicionales o intereses.
Diferencia entre finiquito y liquidación
Aunque en la práctica los términos “finiquito” y “liquidación” parecen similares —ya que ambos representan pagos al término de la relación laboral—, su diferencia radica principalmente en el motivo de la terminación y en los componentes del pago.
Finiquito:
Aplica siempre que termina una relación laboral, sin importar quién tenga la responsabilidad, e incluye los conceptos adeudados y las prestaciones proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad si corresponde).
Liquidación:
Procede únicamente cuando la terminación del contrato es por causa imputable al empleador – por ejemplo, despido injustificado – y, además de los conceptos del finiquito, incluye una indemnización adicional (ej. tres meses de salario, 20 días por año laborado) y la prima de antigüedad.
¿Cuándo procede la liquidación?
En México, la liquidación por despido injustificado procede en los siguientes supuestos:
- El empleador rescinde el contrato por causas ajenas al trabajador (reestructura, cierre, desaparición del puesto, etc.).
- Se despide al trabajador sin justificación que se relacione con las faltas previstas en el Artículo 47 de la LFT.
- El trabajador se ve obligado a renunciar por una falta grave del patrón (Art. 51 de la LFT).
En esos casos, además del finiquito, el trabajador tiene derecho a recibir la indemnización correspondiente, la prima de antigüedad y prestaciones proporcionales.
Fórmulas de cálculo (finiquito)
Salario diario y días laborados
Para calcular el finiquito se parte del salario mensual del trabajador.
Primero, se divide el salario mensual entre 30 para obtener el salario diario. Luego, se multiplica por los días laborados y no pagados al momento de finalizar la relación.
Fórmula:
Salario mensual ÷ 30 = Salario diario
Salario diario × Días laborados no pagados = Monto por días laborados
Aguinaldo proporcional
El aguinaldo mínimo legal en México es de 15 días de salario. Si el trabajador no completó el año, se calcula el proporcional.
Fórmula:
(15 días ÷ 365) × Días laborados en el año × Salario diario = Monto de aguinaldo proporcional
Vacaciones proporcionales
Con base en la reforma de “vacaciones dignas”, un trabajador con más de un año tiene al menos 12 días de vacaciones, con un incremento de dos días por cada año subsecuente hasta los 20. Si termina antes del año, se calcula proporcionalmente.
Fórmula:
(Días de vacaciones asignados ÷ 365) × Días laborados × Salario diario = Monto de vacaciones proporcionales
Prima vacacional proporcional
La prima vacacional es una suma adicional equivalente al 25 % del salario correspondiente a los días de vacaciones.
Fórmula:
Monto de vacaciones proporcionales × 0.25 = Prima vacacional
Prima de antigüedad en finiquito (si aplica)
En el caso del finiquito, la prima de antigüedad únicamente aplica si el trabajador tiene más de 15 años laborados.
Según el Artículo 162 de la LFT, equivale a 12 días por año laborado.
Fórmula:
12 días × Años de servicio × Salario base (tope legal vigente) = Prima de antigüedad
Fórmulas de cálculo (liquidación)
Cuando corresponde la liquidación, se suman al finiquito los siguientes componentes:
- Indemnización constitucional: 3 meses de salario.
- 20 días por año laborado: Aplica en casos de despido sin justificación.
- Prima de antigüedad: 12 días por año (Art. 162 LFT).
Luego se añaden las prestaciones proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) ya calculadas.
Ejemplo numérico completo (didáctico)
Datos del trabajador:
- Salario mensual: $10,000
- Años laborados: 2
- Días de vacaciones correspondientes: 14
- Días trabajados durante el año: 347
- Días laborados no pagados: 9
Cálculos:
- Salario diario: $10,000 ÷ 30 = $333.33
- Días laborados no pagados: $333.33 × 9 = $2,999.97
- Aguinaldo proporcional: (15 ÷ 365) × 347 × $333.33 = $4,749.95
- Vacaciones proporcionales: (14 ÷ 365) × 347 × $333.33 = $4,429.95
- Prima vacacional: $4,429.95 × 0.25 = $1,107.49
Total del finiquito:
$2,999.97 + $4,749.95 + $4,429.95 + $1,107.49 = $13,287.36
En caso de liquidación por despido injustificado, se añadirían 3 meses de salario + 20 días por año + prima de antigüedad.
No te arriesgues. En ContaClara, te ayudamos a cumplir la Ley Federal de Trabajo.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito?
Debe pagarse al término de la relación laboral. Si hay convenio ante tribunal, puede pactarse otra fecha, pero lo recomendable es hacerlo de inmediato.
¿El aguinaldo siempre es de 15 días?
Sí. Actualmente el mínimo legal es 15 días (Artículo 87 LFT). Existe una iniciativa para aumentarlo a 30, pero aún no es vigente.
¿La prima de antigüedad aplica si trabajé menos de 15 años?
En el finiquito solo aplica si hay más de 15 años. En liquidación, puede aplicar desde el primer año en casos de despido injustificado.
¿La prima vacacional mínima es del 25%?
Sí, la LFT fija al menos un 25% sobre el salario de los días de vacaciones (Art. 80 LFT).
¿Qué pasa si termino mi relación laboral antes de cumplir un año?
Se debe pagar la parte proporcional de vacaciones, aguinaldo y días laborados no pagados.
Errores comunes y cómo evitarlos
- No calcular correctamente los días laborados no pagados.
- Confundir finiquito con liquidación y omitir indemnización cuando corresponde.
- Olvidar la prima de antigüedad en casos aplicables.
- No documentar el proceso mediante recibo o convenio.
- Ignorar los topes de salario para prima de antigüedad según la LFT.
Fundamento legal y recursos oficiales
- Aguinaldo: Artículo 87 LFT — pago antes del 20 de diciembre.
- Vacaciones y Prima vacacional: Artículos 76, 79 y 80 LFT (reforma “Vacaciones Dignas”).
- Prima de antigüedad: Artículo 162 LFT — 12 días por año laborado.
- Indemnización por despido injustificado: Artículos 48 y 50 LFT.
- Texto completo de la LFT: disponible en la Cámara de Diputados o en gob.mx/profedet.
Checklist descargable para calcular finiquito y liquidación
- Fecha de ingreso y de término de relación laboral.
- Salario mensual y salario diario.
- Días laborados no pagados.
- Días trabajados durante el año.
- Vacaciones que corresponden según antigüedad.
- Calcular prima vacacional (25%).
- Verificar si aplica prima de antigüedad.
- Si hay liquidación: sumar 3 meses + 20 días/año + prima de antigüedad.
- Emitir recibo o convenio firmado y conservar copia.
- Usar una plantilla o software de nómina para validar los cálculos.
Conclusión
Gestionar el cálculo de finiquito en México y conocer cuándo procede la liquidación por despido injustificado es clave tanto para empleadores como para trabajadores.
Al entender las fórmulas, fundamentos legales y procedimientos de pago, se evita la mayoría de conflictos laborales.Utiliza herramientas digitales o plantillas confiables para calcular correctamente y cumplir con la Ley Federal del Trabajo.
